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Cuando no estoy de acuerdo con la indemnización del seguro de hogar, este es el procedimiento que debo seguir para solicitar una rectificación por parte de la compañía aseguradora y obtener una indemnización acorde con los perjuicios reales derivados del siniestro:

Qué puedo hacer si no estoy conforme con la indemnización de mi seguro del hogar

No es un caso para nada infrecuente que la indemnización por siniestro en el hogar no cubra totalmente el importe de reparación de los daños causados ni que, directamente, la aseguradora deniegue cualquier tipo de indemnización.

Las discrepancias en las cuantías indemnizatorias pueden ser mínimas (por ejemplo, en el caso de la reparación de un parquet dañado por una fuga de agua) o elevadísimas (por ejemplo, en el caso de destrucción total de una vivienda a causa de un incendio).

En cualquiera de esas casuísticas, este es el procedimiento a seguir cuando consideramos que el seguro de hogar no nos ofrece una indemnización acorde a los daños sufridos:

Analizar las condiciones de la póliza del seguro de hogar

Lo primero que debe hacerse es analizar al detalle las condiciones del contrato del seguro. Pero el gran inconveniente es que la mayoría de los asegurados no disponen de los conocimientos necesarios para descifrar el prolijo contenido de las pólizas.

Por eso es muy conveniente, antes de realizar ningún tipo de reclamación, que la póliza sea revisada por un jurista especializado en seguros.   

Reclamación personal ante la aseguradora

Una vez que existe confirmación fehaciente de que tenemos derecho a realizar la correspondiente reclamación, la primera vía que debemos utilizar es la de la comunicación personal, por vía amistosa, a la aseguradora.

Esto puede hacerse ante el Departamento de Atención al Cliente de la propia compañía. La reclamación ha de realizarse de forma fehaciente, preferentemente por alguno de estos medios:

  • Burofax
  • Correo electrónico
  • En una oficina de la compañía

La ley establece un plazo de dos meses para que las aseguradoras resuelvan las reclamaciones, por lo que no podremos realizar otro tipo de acción hasta que la aseguradora responda o transcurra dicho plazo.

Y otra cosa que hemos de tener en cuenta es que este tipo de reclamaciones suelen saldarse con la negativa de la compañía a elevar la cuantía indemnizatoria o a revocar su negativa a otorgar indemnización alguna.

Reclamación formal, efectuada por un abogado o gabinete jurídico especializado en seguros

Por eso, lo más recomendable es que realicemos una reclamación formal, realizada por un abogado que nos represente ante la aseguradora.

Este tipo de reclamación también es de carácter amistoso y los resultados suelen ser más favorables que las interpuestas directamente por el asegurado, puesto que están acompañadas de sólidos argumentos jurídicos.

Reclamación ante la Dirección General de Seguros

Aun así, muchas de estas reclamaciones formales relativas a la indemnización del seguro de hogar también son infructuosas. Cuando esto ocurre, el siguiente paso es poner el caso en conocimiento de la Dirección General de Seguros.

Aunque por internet encontraremos diversas guías para realizar este tipo de reclamación, nuestro consejo sincero es que, para que esta acción tenga probabilidades de éxito, debe ser realizada por personas cuya formación jurídica les permita fundamentarla.

Además, han de incluirse todas las pruebas que acrediten nuestra disconformidad con la cobertura ofrecida por el seguro de hogar mediante indemnización o reparación.

Caso contrario, las probabilidades de que la resolución de la Dirección General de Seguros sea desfavorable para nuestros intereses son muy altas.

Reclamación judicial

Si la reclamación ante la Dirección General de Seguros tampoco da frutos, la única vía que resta es la reclamación por vía judicial.

Evidentemente, se trata del camino más largo para hacer valer nuestros derechos, pero en muchas ocasiones es la única alternativa para que obtengamos una revisión al alza de la cuantía de la indemnización o de la negativa a concederla.

¿Y cuándo merece la pena utilizar el recurso judicial? Pues no siempre. A modo de ejemplo, si el desacuerdo se refiere a daños materiales de escasa cuantía, lo cierto es que no merecerá la pena meterse en pleitos.

Otra cosa bien distinta es que en el siniestro domiciliario se hayan provocado cuantiosos daños materiales. Y lo mismo puede decirse si el siniestro se ha saldado con daños personales graves o víctimas mortales. En estos casos, la diferencia indemnizatoria a nuestro favor puede ascender a decenas e incluso cientos de miles de euros.

Añadir que el plazo para interponer una reclamación judicial ante la aseguradora, en caso de discrepancia con la indemnización, es de dos años.

Gracias a locubremiseguro.com puedes ahorrarte las costas de un abogado y el tiempo que conlleva, ya que nuestros abogados redactarán un dictamen con base jurídica para que entregues a tu compañía y estos puedan valorar un error en la indemnización.

En resumidas cuentas, si no estoy de acuerdo con la indemnización del seguro de hogar, lo último que debo hacer es quedarme de brazos cruzados: tanto la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios como la Ley de Contrato de Seguro tienen previstos los mecanismos y procedimientos para que los asegurados hagan valer sus derechos frente a las compañías aseguradoras.

Lo que queremos es que usted de una forma ágil y económica disponga de argumentos para poder iniciar una reclamación a su compañía de seguros. O simplemente una segunda opinión. Y en caso, de que su compañía no actúe según lo que dictaminen nuestra empresa, ofrecerles la posibilidad de realizar la reclamación nosotros mismos en su nombre.

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